BOLETÍN DE PRENSA
ANTE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, FUERON DENUNCIADOS PENALMENTE CATORCE (14) CONCEJALES DE LA CIUDAD DE MEDELLÍN, POR PREVARICATO, Y DISCIPLINARIAMENTE ANTE LA PROCURADURÍA GENERAL DE NACIÓN.
Como es de conocimiento público el día 6 de febrero de 2015, el Alcalde de Medellín en compañía de algunos de sus secretarios, radicó en la Secretaría del Concejo de Medellín el Proyecto de Acuerdo 300 de 2015. Ese mismo día, el Presidente del Concejo de Medellín, Doctor Fabio Humberto Rivera Rivera, nombró como ponentes para el estudio del Proyecto de Acuerdo 300 de 2015, a los Concejales Carlos Mario Mejía Múnera, Santiago Martínez Mendoza, Jaime Roberto Cuartas Ochoa, John Jaime Moncada Ospina; estando el Concejo de Medellín en receso. Como coordinador se designó a Carlos Mario Mejía Múnera. Es de anotar que para esta fecha, no existía el Decreto 0221 de 2015.
El Decreto 0221 de 2015, por medio del cual se convocó al Concejo de Medellín a sesiones extras del día 16 al 25 de febrero, fue expedido el día 10 de febrero del mismo año. Las sesiones extraordinarias del Concejo se instalaron el día 16 de febrero, sin que dicho decreto hubiera sido publicado en la gaceta oficial. Porque la idea, entre otras también de grueso calado, es privatizar a EPM, entidad a la que le están haciendo una encerrona desde su parte interna con una administración perversa, desde el municipio con un concejo de bolsillo del alcalde y desde Bogotá con el Proyecto de Ley 030 que busca cambiarle su objeto social.
Los Concejales Ponentes se reunieron casi que de manera clandestina, a espaldas de la comunidad, y sin socializar el Proyecto de Acuerdo 300 de 2015, radicaron ante la Secretaría de la Comisión Tercera Permanente el Informe de Ponencia y el Pliego de Modificaciones, el día 13 de febrero del presente año. Es de insistir que para esa fecha el Concejo de Medellín, se encontraba en receso.
Tanto los ponentes como el resto de Concejales que le impartieron aprobación al Proyecto de Acuerdo 300 de 2015, hoy Acuerdo 01 de 2015, quebrantaron en materia grave los artículos 2, 3, 6, 133, 209 y 313 - 3 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 38 y 69 de la Ley 489 de 1998, 77 de la Ley 136 de 1994, la Ley 134 de 1994 y el Parágrafo Segundo del artículo 101 del Reglamento Interno del Concejo.
Esta grave violación de las normas constitucionales y legales, lo mismo que la extralimitación en el ejercicio del poder, no solo la hemos puesto en conocimiento de la Fiscalía sino también ante la Procuraduría General de la Nación, para que inicie las investigaciones disciplinarias a que haya lugar.
De Los Trabajadores y La Comunidad en General,
Fraternalmente,
GONZALO ÁLVAREZ HENAO
JESÚS MARÍA LÓPEZ VELÁSQUEZ
No hay comentarios:
Publicar un comentario